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Programa pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

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Programa pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

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Programa pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

En busca de eliminar las barreras de exclusión existente junto con la discriminación y racismo presentes en varias localidades mexicanas se han creado diferentes programas, uno de ellos es la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad, quieres saber de qué trata y a quienes beneficia. A continuación, te daremos información al respecto.

¿Cuándo inicia el programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad?

En el 2019 la Secretaría de Bienestar crea la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad con el fin de aportar una fuente de ingreso a los hogares de personas con discapacidad.

Cabe destacar que para este año no solo se atenderá a las personas con discapacidad permanente de 0 a 29 años de edad, sino que serán incluidas las personas con discapacidad que residan en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o con un alto grado de marginación con edades comprendidas entre 30 a 64 años.

Personas atendidas por la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

Por tanto, este programa brinda especial atención a todas las personas con discapacidad que formen parte de grupos indígenas presentes en el país, quienes deberán encontrarse en un rango de edad de 0 a 64 años de edad.

Del mismo modo se atenderá tanto a niñas, niños como a jóvenes con discapacidad permanente con una edad entre 0 a 29 años que habiten en municipios y zonas urbanas con un alto y muy alto grado de marginación. Esto con el fin de brindar un apoyo económico que les ayude a cubrir sus necesidades básicas.

Aumento de la ayuda brindada por la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

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Aumento de la ayuda brindada por la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

Según las reglas de operación del programa publicadas en el mes de diciembre será incrementado el monto de la ayuda, se pasará de 2 mil 550 pesos bimestrales a 2 mil 800 pesos entregados cada dos meses. Se estima esto representa un 3.7% de aumento con respecto al monto devengado anteriormente.

Un cambio importante, considerando que este aumento beneficia también a la población mexicana con discapacidad de 30 a 64 años que habiten en municipios o localidades indígenas o afromexicanas sin dejar a un lado a las personas que residen en lugares con un alto grado de marginación.

Documentación para consignar para tramitar la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

Es importante que revises detenidamente las reglas de operación del programa emitidas en diciembre de 2021, allí se hace distinción de los requisitos a consignar según la población beneficiada. Por tanto, para realizar el trámite deberás consignar lo siguiente:

    • Presentar el acta de nacimiento del solicitante junto con la identificación vigente de la persona con discapacidad. En los casos que la persona con discapacidad no la posea se podrá presentar la identificación del adulto auxiliar.
    • Original de la Clave Única de Registro de Población actualizada.
    • Tener la constancia o certificado que indique la discapacidad permanente que posee la persona, mismo que debe ser expedido por alguna institución de salud pública ya sea federal, estatal o municipal.
    • Se requiere presentar un recibo de luz, agua, teléfono o gas donde indique su lugar de domicilio con fecha de expedición menor a 6 meses. Finalmente, para completar el trámite debe llenar correctamente el Formato Único de Bienestar junto con la Cédula de Verificación de Discapacidad.

¿Qué se documentación es solicitada a la persona auxiliar?

Cabe destacar que el programa no solo beneficia a personas adultas sino también a niños y ellos requieren de un adulto auxiliar que se haga responsable de realizar el registro ante el organismo correspondiente, quien debe presentar lo siguiente:

    • Documentación personal misma que debe incluir acta de nacimiento, identificación oficial vigente, Clave Única de Registro de Población y un recibo de luz, agua, teléfono o gas donde indique su lugar de domicilio con fecha de expedición menor a 6 meses.
    • Debe comprobar con alguna documentación el parentesco existente con la persona que posee la discapacidad permanente y a la cual desea representar.

¿Qué se requiere para acceder a Servicios de rehabilitación?

Las personas con discapacidad permanente se les brinda el apoyo monetario comprendido por un monto de 2 mil 800 pesos, mientras que las personas de 0 a 17 años con discapacidad tienen la posibilidad de obtener una ayuda adicional que consiste en el acceso a servicios de rehabilitación, para ello se debe consignar:

    • Documentación sea certificado o constancia medica que indique la necesidad de acceder a servicios de rehabilitación, este debe ser expedido por una institución pública o privada que se encuentre avalada por el Sistema Nacional de Salud.
    • Es muy importante que llene correctamente el Formato Único de Bienestar: Personas con Discapacidad donde indicará el tipo de solicitud.

¿A dónde dirigirse para realizar el registro al programa?

Todo registro se hace en un módulo de atención, la persona con discapacidad permanente que desee saber qué módulo le corresponde para tramitar su solicitud puede comunicarte a al número telefónico de la Secretaría de Bienestar 800 639 42 64. Allí te brindaran la orientación necesaria para realizar el trámite.

Seguidamente te podrás dirigir al módulo de atención más cercano a tu localidad para entregar la documentación correspondiente, es muy importante que tomes el tiempo necesario para completar el Formato Único de Bienestar y la Cédula de Verificación de Discapacidad, cuando lo termines realiza la entrega formal de tus documentos.

Fecha de registro y pago de la Pensión para el Bienestar de las personas con discapacidad

Las personas que quieran saber cuándo recibirán su primer pago deben tener presente que esto requiere su tiempo, pues la orden de incorporación a esta pensión es realizada de acuerdo a la fecha en que la persona con discapacidad permanente realizó su registro y tomando en cuenta la disponibilidad de presupuesto establecida para el programa.

Aquellos que resulten beneficiados serán contactados por un servidor social para tramitar la tarjeta bancaria donde recibirán el apoyo, después de la incorporación podrás recibir tu pago al inicio de cada bimestre, esto seria los primeros 5 días.  Por ejemplo, cuando corresponda el pago de enero-febrero este se cancela a inicios de enero.

Asignación de beneficios adicionales del programa Pensión para el Bienestar de las personas con discapacidad

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Asignación de beneficios adicionales del programa Pensión para el Bienestar de las personas con discapacidad

En definitiva, el programa no solo otorga ayudas económicas, sino también entrega apoyos en especie, estos últimos destinadas a las personas con discapacidad permanente que tengan entre 0 y 17 años de edad. El cual consiste en vales para servicios de rehabilitación.

Esta rehabilitación puede ser realizada en cualquier establecimiento de salud público o privado que se encuentre adscrito al Sistema Nacional de Salud. Los vales entregados tienen una vigencia correspondiente a un año fiscal, que comprenden una sesión para servicios de rehabilitación de acuerdo con el plan de rehabilitación que tenga el paciente.

¿Cómo se entregan los vales de rehabilitación a las personas con discapacidad?

Los vales para el bienestar al igual que los apoyos económicos son entregados de manera directa a la persona beneficiaria, no obstante, cuando cumplan la edad límite, es decir los 17 años de edad, se entregará el apoyo completo a sabiendas que este será el último que recibirá la persona beneficiada con el programa.

Cabe destacar que los vales para el bienestar podrán ser intercambiados por otros servicios de acuerdo con la necesidad de la persona beneficiaria, estos podrán ser para consulta o valoración, terapias de educación, sesiones de rehabilitación u otros casos no considerados por los anteriores servicios.

Aspectos para considerar al momento de tramitar la Pensión para el bienestar de las personas con discapacidad

    • Los programas sociales tienen establecidos un orden o criterios de selección de beneficiarios, en el caso de la pensión para las personas con discapacidad se da preferencia a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 17 años cumplidos sin dejar a un lado a las personas de 30 hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad.

Considerando que estas últimas personas deben vivir en municipios o localidades indígenas o afromexicanas de acuerdo con la clasificación del INPI o tener el lugar de habitación en los municipios o localidades que tienen o un alto o muy alto grado de marginación.

    • Aquellas personas con discapacidad que no cuenten con alguno de los documentos necesarios para el registro, podrán realizar escrito donde se indique cuál es el documento faltante y el motivo por el que no se cuenta con éste, incluyendo en el escrito lo siguiente:

Datos personales que debe contener el documento faltante, este debe ir firmado bajo protesta de decir verdad y ante dos testigos, los cuales deben informar donde se ubica su domicilio particular y presentar una identificación oficial.

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