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Todo lo que Necesitas Saber sobre el Apoyo ‘Pago en Marcha’ del Programa Pensión para el Bienestar

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Cómo Gestionar el Apoyo ‘Pago en Marcha’: Documentación Requerida y Proceso Paso a Paso

El apoyo denominado “Pago en Marcha” se configura como un mecanismo esencial para asegurar que los recursos económicos correspondientes a los beneficiarios del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores que hayan fallecido, sean entregados de manera justa a sus familiares o personas designadas. Este proceso es fundamental para que los recursos que el beneficiario ya no puede recibir en vida, lleguen a quienes podrían beneficiarse de ellos.

Para tramitar este apoyo, los familiares o representantes legales del beneficiario deben presentar una serie de documentos imprescindibles:

  • Acta de Defunción, un documento oficial que certifique el fallecimiento del beneficiario. Este debe estar debidamente registrado y actualizado.
  • Identificación Oficial del familiar o representante legal, que puede ser el INE o un pasaporte, para verificar la identidad de quien realiza el trámite.
  • CURP del beneficiario fallecido también es crucial, ya que debe coincidir con los registros del programa.
  • Comprobante de Domicilio reciente, como un recibo de luz, agua o teléfono, es requerido para demostrar el lugar de residencia actual del solicitante.
  • Llenar un Formulario de Solicitud del Apoyo, que se puede obtener en las oficinas del programa o en línea.

El proceso para solicitar el apoyo “Pago en Marcha” sigue los siguientes pasos:

  1. Se deben reunir todos los documentos necesarios en original y copia.
  2. Completa el formulario de solicitud con la información correcta.
  3. Presentar la solicitud en la oficina del Programa Pensión para el Bienestar más cercana, o en línea si es posible.
  4. Los documentos serán revisados y verificados para asegurar que toda la información sea correcta.
  5. Después de esta verificación, se procesará el pago, que es de aproximadamente $3,000 pesos y se realiza en una sola exhibición.
  6. Finalmente, se notificará al familiar o representante legal sobre la aprobación y el pago del apoyo.

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