¿Ya sabes qué es lo qué pasa con la pensión bienestar cuándo fallece el beneficiario de este apoyo?
Aquí vas a conocer qué es lo que sucede con tu pensión, bienestar si llegaras a fallecer
Este programa de la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores, es una gran iniciativa en el cual se brinda una ayuda económica cada dos meses a toda aquella población que cuente con los 65 años, dando un pago bimestral de $6,00 pesos. A continuación a través de estas líneas y informativas, te estaré compartiendo lo que sucede si llegaras a fallecer quien queda como responsable o qué sucede con tu pago de tu programa social.
Es importante destacar que para poder obtener este apoyo, los familiares de la persona quien fue beneficiaria de este programa de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores tendrán que dar aviso del fallecimiento de la persona, esto será a través de la línea del bienestar.
Es importante destacar que no deberán de haber retirado el apoyo después de la defunción puesto que si lo realizan, se se considera como un delito para más información, continúa leyendo esta nota.
¿Habrá pago de aguinaldo para los pensionados del IMSS e ISSSTE?
En base a lo que dicta la Secretaría de Bienestar el pago de marcha podrá ser reclamado únicamente por la persona quien sea la titular o el titular de este programa pues el beneficiario es quien da el nombre a la hora de hacer el registro de este programa.
¿De cuánto es la cantidad que se da por este pago de marcha?
El pago de marcha para todo aquel beneficiario de este programa de la pensión para el bienestar de las personas adultas mayores es un total de $3000 pesos en un solo depósito.
¿Cómo puedes obtener el pago de marcha de tu programa bienestar?
Debes de seguir los siguientes pasos.
- Primero tienes que notificar la muerte de la persona quien fue beneficiaria de este programa, esto lo deberás de hacer a través de cualquier módulo de atención de parte de la Secretaría de Bienestar o bien llamar a la línea del bienestar al número 800-900-2000
- Si optas por asistir al módulo de atención, por parte de la Secretaría de bienestar, deberás de llevar contigo la identificación oficial vigente tuya, el acta de nacimiento del titular fallecido, De igual manera deberás presentar un documento que aval el fallecimiento del de la persona y la clave única de registro de población de la persona fallecida.
Tienes tener en cuenta que deberás realizar este trámite dentro de los cuatro meses siguientes después de haber fallecido la persona. Si no lo haces en ese tiempo ya no podrás reclamar tu derecho a este pago.
Periodo de pagos para las mujeres de 18 a 64 años | monto total $2,500