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¿Cómo se solicita el Pago de Marcha para el programa de Pensiones para el Bienestar?

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Estos son los requisitos necesarios para obtener tu PAGO DE MARCHA en las Pensiones del Bienestar

Una de las preguntas más frecuentes entre los adultos auxiliares de las personas adultas mayores Pensionadas del Bienestar es, ¿qué ocurrirá con las Pensiones del Bienestar si el beneficiario inscrito fallece? A continuación te compartiré toda la información que debes conocer acerca de este proceso dentro del programa de apoyo, así como los requisitos que necesitarás para recibir tu pago de marcha.

El pago de marcha es una emisión de pagos ÚNICA que se entrega a los representantes de los adultos mayores Pensionados del Bienestar, el cual hace entrega del monto correspondiente a la mitad de un apoyo bimestral de este programa, es decir, $3 mil pesos de apoyo para adultos auxiliares. A continuación te compartiré los pasos que deberás seguir para solicitar este pago en el caso de fallecimiento de un Pensionado del Bienestar.

Por estas situaciones, algunos de los Pensionados del Bienestar cobrarán PAGOS CUÁDRUPLES en los próximos meses

¿Cómo solicitar tu pago de marcha?

El trámite para solicitar tu pago de marcha es muy sencillo, y únicamente deberás seguir los pasos que te compartiré a continuación para recibirlo:

  1. En caso del fallecimiento del beneficiario inscrito en las Pensiones del Bienestar, la persona auxiliar a cargo del beneficiario deberá notificar la situación al personal del programa a través de la línea del bienestar, marcando al número 800 6394 264
  2. Realizar la notificación del fallecimiento del familiar y presentar la solicitud del pago de marcha dentro de un lapso de dos meses posteriores al fallecimiento del beneficiario.
  3. Presentarte en la fecha, hora y lugar indicados por el personal a cargo de tu trámite, con la siguiente documentación en original y copia:
    • Identificación oficial del adulto auxiliar que solicita el apoyo
    • Acta de defunción
    • Identificación oficial de la persona fallecida
    • CURP del auxiliar y de la persona fallecida
    • Constancia médica emitida por alguna institución de salud pública

¿Cómo saber si recibirás el PAGO CUÁDRUPLE de la Pensión del Bienestar en Junio y Julio?

¿Qué pasa si continúas cobrando la Pensión del Bienestar de un adulto fallecido?

Continuar cobrando el apoyo monetario de una persona fallecida es tomada en cuenta como un delito por fraude, y puede llevar a ser sancionado con acciones legales. Es importante notificar el fallecimiento del beneficiario lo antes posible, para asegurar tu derecho al pago de marcha y ser considerado como beneficiario de este programa próximamente.

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