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¿De cuanto será el aumento de la Pensión Bienestar en enero de 2024?

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La Pensión Bienestar para Adultos Mayores, también conocida como Pensión Bienestar de las Personas Adultas Mayores, es un programa diseñado para ayudar a las personas de 65 años o más, independientemente de sus ingresos o contribuciones al sistema de seguridad social mexicano.

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue reformado por el Congreso de la Unión en 2020 para garantizar que las personas adultas mayores tengan derecho a una pensión no contributiva que les ayude con un apoyo económico.

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En enero de 2024, ¿en cuánto aumentará la Pensión Bienestar?

La Pensión Bienestar es un derecho constitucionalmente protegido para las personas mayores. Esto implica que la cuantía de la pensión debe incrementarse anualmente, independientemente del partido político que gobierne.

Esta ayuda comenzó en 2019 con la suma de 2.550 pesos. Posteriormente, la cuantía de la pensión ha aumentado anualmente. Los beneficiarios recibirán 6 mil pesos bimestrales a partir de 2024, de acuerdo con el incremento del 25% en la Pensión Bienestar para Adultos Mayores. Se trata de una excelente noticia para los beneficiarios.

¿Cada cuánto cae el depósito de la Pensión Bienestar?

La Pensión Bienestar del Adulto Mayor se deposita cada dos meses. Así, al día de hoy, 17 de noviembre de 2023, el desembolso asociado al bimestre de septiembre a octubre ha sido recibido por los beneficiarios.

Requisitos para solicitar la Pensión Bienestar

Las personas mayores que deseen solicitar la Pensión Bienestar deberán cumplir los dos requisitos siguientes:

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  • Tener 65 años de edad o más.
  • Presentar los siguientes documentos el día de su cita:
  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de nacimiento legible.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
  • Teléfono de contacto.

Los mayores pueden solicitar la presencia de un auxiliar durante el procedimiento de solicitud de la Pensión Bienestar. La persona auxiliar está obligada a aportar idéntica documentación que la persona mayor.

Si una persona mayor no puede salir de su residencia debido a una discapacidad o enfermedad, un familiar puede solicitar que un representante de la Secretaría de Bienestar le visite para completar el proceso de inscripción.

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