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Pensión Bienestar: ¿Qué sucede si no doy de baja al beneficiario del programa cuando fallece?

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 ¿Qué sucede si no doy de baja al beneficiario del programa cuando fallece?

Pensión Bienestar es un programa que trata de beneficiar a segmento de población que más los necesite para poder lograr este objetivo, los beneficiarios de este programa tienen que cubrir los requisitos que solicita el programa para continuar con el beneficio que les da por contar con este apoyo economico que este programa está entrega.

Pensión Bienestar: ¿Quién puede cobrar el apoyo al momento que el beneficiario fallecido? 

Para las personas adultas mayores y para las personas con discapacidad pueden registrar a una persona como su auxiliar, la cual puede cobrar su apoyo o actualizar datos del beneficiario, esto ya que los pensionados de este programa pueden tener problemas para salir de su domicilio.

Por tal motivo, el programa accedió a que los beneficiarios puedan tener una persona que les ayude, esta persona puede ser una familiar o conocido de confianza, pero se recomienda que sea familiar. Recordemos que el apoyo es entregado de manera bimestral para las dos pensiones del Bienestar

¿Cómo registrar una persona auxiliar?

Para poder registrar un auxiliar es necesario hacerlo al mismo momento que el beneficiario se registra para el programa y llevar la siguiente documentación que pide el programa de Pensión Bienestar.

  • Ser mayor de edad 
  • CURP
  • Identificación oficial vigente con fotografía 
  • Comprobante a domicilio 
  • Comprobante que acredite el parentesco con el pensionado, en caso de que no sea su familiar será necesario llevar dos testigos
  • Acta de nacimiento
  • Número de teléfono 

¿Qué sucede si no doy de baja al beneficiario del programa cuando fallece?

Cuando son los pagos para los beneficiarios de la Pensión Bienestar 

Es importante que la persona auxiliar del pensionado, ya sea que sea por discapacidad o por adulto, mayor avise del fallecimiento del pensionado, esto debido a que al momento del fallecimiento el auxiliar se le entregara un pago conocido como marcha, el cual es entregado si el auxiliar no haya cobrado el apoyo que se le entregaba al pensionado.

En caso de que el auxiliar cobre el apoyo y no avise del descenso del pensionado, estará cometiendo un delito el cual es cobrar el dinero de alguien más usando su identidad o su nombre.

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