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¿Qué pasa si continúas cobrando la Pensión Bienestar de un adulto fallecido?

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Esto podría pasar si cobras la Pensión Bienestar de un Adulto Fallecido

En ocasiones, tras el fallecimiento de algún familiar beneficiario de las Pensiones del Bienestar, las personas auxiliares omiten la notificación al personal de este programa, trayendo como consecuencia que los apoyos financieros continúen siendo depositados, y retirados por los familiares del Pensionado. Sin embargo, esta situación puede traer consecuencias graves para los familiares que recibieron este beneficio. Te invito a que leas la nota completa para conocer todos los detalles relacionados con esta operación.

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¿Qué pasa si se cobra una Pensión Bienestar de alguien fallecido?

Es importante que no caigas en tentación de cobrar el apoyo monetario de algún beneficiario fallecido. De acuerdo con las Reglas de Operación de este programa, se menciona que únicamente la persona adulta mayor beneficiara de este programa podrá retirar los fondos de su Tarjeta del Bienestar, y, si este ya no se encuentra con nosotros, el cobro del beneficio económico por parte de algún familiar podría ser considerado como un delito fraudulento, ocasionando problemas con la ley federal.

Las consecuencias establecidas por el delito de fraude podrían ser las siguientes:

  1. Por infringir la ley de manera fraudulenta, se impone una pena que puede ser de 3 días a 6 meses de prisión o una multa equivalente a 30-180 días, siempre y cuando la cantidad defraudada no supere diez veces el salario.
  2. En situaciones en las que la defraudación sobrepase las 10 veces, pero no llegue a 500 veces el salario, las consecuencias se elevan a una pena de prisión de 6 meses a 3 años y una multa que oscila entre 10 y 100 veces el salario.
  3. Para casos en los que la cantidad defraudada sea mayor a 500 veces el salario, las medidas punitivas son más severas, con penas que van desde tres hasta doce años de prisión, acompañadas de una multa que puede alcanzar hasta ciento veinte veces el salario.

¿Cómo y dónde utilizar tu Tarjeta del Bienestar para pagar tus servicios?

¿Qué es el pago de MARCHA?

Las Reglas de Operación del programa Pensiones para el Bienestar establecen un derecho fundamental para las personas auxiliares de los beneficiarios: el “Pago de Marcha“. Este mecanismo proporciona apoyo financiero a las personas auxiliares tras el fallecimiento del beneficiario. El Pago de Marcha representa un respaldo económico único otorgado a las personas auxiliares de los beneficiarios de las Pensiones del Bienestar. Este pago, concedido en una sola ocasión, tiene como objetivo principal mitigar los gastos financieros asociados al deceso del beneficiario, equivaliendo a un bimestre de pago.

En el caso del lamentable fallecimiento del beneficiario, es imperativo que la persona auxiliar notifique de inmediato al personal de la Pensión para el Bienestar para gestionar la baja correspondiente en el padrón de beneficiarios. Una vez completada la baja con éxito, la persona auxiliar será citada para recibir el Pago de Marcha, marcando el fin del proceso de desvinculación del beneficiario del programa.

Cabe destacar que la omisión de notificar el fallecimiento se considera una infracción fraudulenta y está sujeta a acciones legales. Para informar sobre la situación, se puede utilizar la línea del bienestar marcando el número 800-900-2000 y solicitando los servicios del Banco del Bienestar para solicitar tu pago de marcha.

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