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¡Revisa la información! Beneficios posteriores a la muerte de un beneficiario de la Pensión del Bienestar

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En caso de la pérdida de un ser querido que era beneficiario de la Pensión del Bienestar, es posible que la familia del difunto no esté al tanto de los derechos que les corresponden. En el siguiente artículo, detallamos qué es el pago de marcha y cómo se puede reclamar.

¿Qué es el pago de marcha?

El pago de marcha es un beneficio otorgado por la Secretaría del Bienestar cuando un beneficiario de la Pensión del Bienestar fallece. Este consiste en una suma equivalente al monto de un mes de la pensión que la persona recibía en vida.

Para solicitar este pago, un miembro de la familia debe acercarse a la entidad correspondiente después del fallecimiento y presentar el acta de defunción del familiar.

Es importante señalar que los beneficiarios de la Pensión del Bienestar suelen recibir un total de 4,800 pesos bimestrales. Esto significa que el monto del pago de marcha es de 2,400 pesos.

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¿Cómo inscribirse en el programa de la Pensión del Bienestar?

Para ser elegible para la Pensión del Bienestar, es necesario cumplir ciertos requisitos. El primer paso es cumplir 65 años durante los meses de marzo y abril. Además, se deben presentar varios documentos en los módulos correspondientes. Estos incluyen:

  1. Identificación oficial vigente
  2. Acta de nacimiento
  3. CURP
  4. Comprobante de domicilio no mayor a seis meses
  5. Teléfono de contacto celular y de casa.

Para localizar los Módulos de Bienestar más cercanos, se puede visitar la página oficial de la Secretaría de Bienestar en https://www.gob.mx/bienestar.

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Este artículo es una guía para las familias que han sufrido una pérdida y están buscando información sobre los derechos que les corresponden. Es importante entender el proceso para garantizar que se reciban todos los beneficios que se deben.

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