Pensión ISSSTE

La pensión del ISSSTE por viudez no puede ser suspendida si la pareja se casa de nuevo

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Un amparo contra el Artículo 133 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado fue emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Este artículo especificaba que contraer nuevas nupcias o concubinato anulaba la pensión de viudez. La SCJN revocó esta disposición y emitió el amparo.

En la propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa se incluye la advertencia de que el apartado que se invalidó prácticamente prohibía a las viudas y viudos el noviazgo.

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Afirmó que “si bien el artículo impugnado no prohíbe la formación de una nueva familia, lo cierto es que al restringir el derecho a seguir percibiendo la pensión de viudez por contraer nuevas nupcias o convivir, constituye una forma de discriminación del estado civil, prohibida por el artículo I de la Constitución.” “Aunque el artículo impugnado no prohíbe la formación de una nueva familia”, dijo.

Se decidió por unanimidad que el artículo 135, disposición II, de la Ley del ISSSTE es inconstitucional. Esta disposición de la ley especifica que un beneficiario de pensión por viudez que contraiga matrimonio solo tiene derecho a seis meses de pensión.

Aunque la demanda hace referencia a la Ley del ISSSTE

El artículo 133 de la Ley del Seguro Social también ordena que la pensión de viudez debe extinguirse al contraer nuevas nupcias o convivir, aunque con un periodo de gracia de tres años posteriores a la extinción de las prestaciones.

Después de que la pareja de Enrique Caamal Canché falleció en 2011 y de que él comenzó a recibir la pensión de viudez del Issste, decidió interponer el amparo. Después de tres años de haberse vuelto a casar, el instituto dejó de pagarle, por lo que promovió el amparo.

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La sentencia señala que “no debe excluirse el pago de la pensión de viudez porque no se trata de una concesión gratuita o generosa, sino de un derecho que surgió con las aportaciones del trabajador durante su vida productiva para garantizar la subsistencia de sus beneficiarios después de su muerte.” Esto no debería ser así, ya que “el pago de la pensión de viudedad no es una concesión gratuita o generosa”.

Tras la sentencia de hoy, Caamal tendrá derecho tanto a la pensión para la viuda como a su propia pensión para cuando se jubile.

Todas las personas mayores de 65 años reciben un pago de 4.800 pesos del gobierno federal cada dos semanas.

Medios de comunicación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la pensión por viudez es un derecho del trabajador fallecido, luego de que concedió un amparo contra el Artículo 133 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), que eliminó la pensión por viudez para segundas nupcias o concubinatos. El artículo 133 de la Ley del ISSSTE había eliminado la pensión de viudez para segundos matrimonios o concubinatos.

Beneficiarios de la pensión IMSS tienen derecho al pago de estas prestaciones

canal bienestar noticias

5 Comments

    1. Qué bien para ti. Aunque no todos comparten tu entusiasmo. Hay quienes piensan que el matrimonio no debería ser una institución para repetirse. Cada quien con sus opiniones, ¿no crees?

    1. Pues sí, la vida siempre tiene sus sorpresas. A veces, las reglas pueden resultar confusas. Pero bueno, mientras no afecte mi pensión, ¡que se casen todos! 🎉

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