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PENSIÓN IMSS 2023 | Diferencia de retiro entre los regímenes de 1973 y 1997 ¡ENTÉRATE!

Conoce la Diferencia de retiro entre los regímenes 1973 y 1997

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PENSIÓN IMSS 2023 | Regímenes de 1973 y 1997

Para los trabajadores activos y afiliados al Instituto Mexicano del Seguro social, existen dos regímenes para planear su retiro y se establecen de acuerdo con la fecha en la que comenzaron a cotizar ante el IMSS, los cuales son:

    • Régimen de 1973, sí comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997
    • Régimen de 1997, sí comenzaste a cotizar a partir del 1° de julio de 1997

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Diferencia de retiro entre los regímenes de 1973 y 1997

RÉGIMEN DE 1973 RÉGIMEN DE 1997
Los jubilados bajo este régimen podrán contar con:

  • Ingreso de forma vitalicia (calculado de acuerdo con el número de semanas cotizadas) se ajusta al promedio salarial de los últimos cinco años.
Los jubilados bajo este régimen podrán contar con:

  • Esta pensión no será vitalicia.
  • Únicamente contarán con una cifra conforme a lo sumado en la Afore

La pensión bajo el régimen de 1973 fue un ahorro de los empleados en el fondo único, del cual se disponía para todos los obreros y se dispersaba conforme los trabajadores se jubilaba.

Este modelo solo aplicó a trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, y que cumplan con los siguientes requisitos.

    • Tener 500 semanas de cotización como mínimo
    • La pensión se determina según el salario promedio de los últimos cinco años laborados (250 semanas)
    • Se otorgarán un porcentaje de la pensión, de acuerdo con la edad en la que te pensiones.

En la pensión por el régimen de 1997 se creó el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y las Afores, las cuales administran los recursos de los trabajadores, quienes destinan una parte de su salario para su pensión.

Fue así que, a partir del 1997 se reformó el sistema de pensiones y se dejó de lado el fondo colectivo, adaptando un sistema de contribución definida y cuentas individuales, apoyado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

Esta modalidad comenzó a aplicarse a partir del 1 de julio de 1997 y se debe cumplir con los siguientes requerimientos:

    • Tener 750 semanas de cotización (se incrementarán anualmente 25 semanas hasta alcanzar mil semanas en el año 2031)
    • Tener 60 a 64 años en caso de pensión por cesantía
    • Tener 65 años en caso de pensión por vejez
    • Tener expediente de identificación de trabajador actualizado

La pensión dependerá exclusivamente del saldo acumulado en tu cuenta Afore

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2 Comments

  1. ¡Vaya lío con las pensiones del IMSS! ¿Alguien más se está volviendo loco tratando de entender las diferencias entre los regímenes de 1973 y 1997? 😵💼

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