La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que debe existir un periodo mínimo de cotización de diez años y que los trabajadores deben tener al menos sesenta años de edad para poder jubilarse.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que para tener derecho a una pensión por cesantía en edad avanzada bajo el régimen anterior del ISSSTE, la edad de jubilación del trabajador debía ser de por lo menos 60 años, y el trabajador debía haber cotizado un mínimo de diez años.
De esta forma puedo consultar el estatus de mi Beca Benito Juárez
En el amparo en revisión número 469/2023
La Segunda Sala confirmó los requisitos establecidos por la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para obtener una pensión por cesantía en edad avanzada bajo el anterior régimen de seguridad social. Estos requisitos incluían haber cotizado durante diez años anteriores al instituto y tener al menos sesenta años de edad al momento de la separación. Además, la persona debía tener al menos sesenta años en el momento de la separación.
Hizo la observación de que conceder pensiones de separación a una edad avanzada sin estas condiciones haría posible que personas que ya no están en servicio activo recibieran la prestación por el mero hecho de haber cotizado, aunque siguieran teniendo posibilidades de trabajar.
Dado que se pretende que los pensionistas obtengan seguridad social de esta pensión, lo anterior frustraría el objetivo de la misma.