¿Quiénes Reciben Utilidades 2025? Adultos Mayores, INAPAM y la Ley Federal del Trabajo

El reparto de utilidades (PTU) es un derecho de los trabajadores y un tema candente, especialmente cuando se acerca la fecha límite para que las empresas cumplan con esta obligación. Para los adultos mayores con credencial del INAPAM que se mantienen activos laboralmente, surge la duda: ¿forman parte de los beneficiarios de estas ganancias en 2025? ¡Claro que sí! Aquí te explicamos los detalles según la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el rol del programa de Vinculación Productiva del INAPAM.
Adultos Mayores con INAPAM: ¿Derecho al Reparto de Utilidades 2025?
La respuesta corta es: sí, los adultos mayores pueden recibir utilidades. Si una persona mayor de 60 años, con su tarjeta INAPAM, trabajó para una empresa que generó ganancias, tiene derecho a participar en ellas.
Según lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, todo trabajador que haya laborado al menos 60 días durante el año fiscal anterior (en este caso, 2024) para un patrón obligado a repartir utilidades, debe recibir este beneficio. Esto incluye, por supuesto, a los adultos mayores que cumplen con esta condición.
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El Programa de Vinculación Productiva del INAPAM: Una Puerta a las Utilidades
Un vehículo importante para que los adultos mayores accedan a estos derechos laborales es el programa de Vinculación Productiva del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM). Este programa tiene como fin promover oportunidades de empleo remunerado y voluntariado, permitiendo que las personas de la tercera edad aporten su experiencia y obtengan ingresos.
Al participar en este programa y ser contratados formalmente por una empresa, los adultos mayores adquieren todos los derechos y prestaciones que la LFT contempla, incluyendo el acceso al reparto de utilidades. El INAPAM, de hecho, realiza una labor de sensibilización con empleadores sobre la valía de integrar a estos trabajadores.
Los participantes en Vinculación Productiva pueden recibir un salario (el texto de referencia menciona $8,364 pesos mensuales bajo ciertas condiciones, basado en el salario mínimo de 2025), prestaciones de ley y, en algunos casos, beneficios superiores.
¿Qué Empresas NO Pagan Utilidades? Excepciones Importantes
Es crucial saber que no todas las entidades están obligadas a realizar el pago de utilidades. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la propia LFT establecen ciertas excepciones. Un adulto mayor, aunque haya trabajado los 60 días, no recibirá utilidades si laboró para:
- Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otras instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas cuyo capital sea menor al que fije la STPS por ramas de la industria.
- Instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios, sin propósitos de lucro.
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Puntos Clave sobre el Pago de Utilidades (PTU) 2025
- Fecha Límite: Las empresas (personas morales) tienen hasta el 30 de mayo para realizar el pago de utilidades. Las personas físicas con actividad empresarial (patrones) tienen hasta el 29 de junio.
- Base del Cálculo: Las utilidades se reparten con base en la renta gravable generada por la empresa durante el año fiscal 2024, después de las deducciones correspondientes.
Si eres un adulto mayor activo laboralmente y tienes dudas sobre tu derecho al pago de utilidades 2025, te recomendamos verificar tu situación contractual con tu empleador y, de ser necesario, buscar asesoría en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o consultar los portales oficiales del INAPAM y la STPS. ¡Conocer tus derechos es el primer paso!
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